Es por las circunstancias anteriores que este Juzgado de Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, que administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento a lo preceptuado en los artículos 868 y 362 del Código de Procedimiento Civil DECLARA CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES POR DAÑOS MATERIALES CAUSADOS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, incoada por el ciudadano JESUS RAFAEL MORENO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.472.932, asistido del Abogado en ejercicio Sandy Rojas Farías, Inpreabogado N° 48.614, en contra del ciudadano ALBERTO GIL, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.381.225, y en consecuencia se le condena a cancelar al demandante la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,00), solicitados por el demandante, con motivo de los daños materiales causados a la casa de su propiedad ubicada en la calle Perú de esta ciudad de Casanay, Municipio Andrés Eloy Bl.....