Por todas las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Se hace entrega del vehículo, PLACAS BAH 25V; CLASE AUTOMOVIL; AÑO 1997; MARCA Toyota; SERIAL DE MOTOR 4AM035609; SERIAL DE CARROCERÍAAE1019826831, COLOR AZUL, MODELO COROLLA, TIPO SEDAN, CAPACIDAD 5 puestos, USO Particular, a la ciudadana Esther del Carmen Rengel de Rivera, venezolana, mayor de edad, de 50 años de edad, y titular de la Cédula de Identidad N° 4.903.455, residenciada en el La llanada de Puerto Santo, calle principal, al lado de la farmacia, casa sin numero, Estado Sucre; el cual se encuentra en el Estacionamiento El Venezolano, bajo la modalidad de GUARDA Y CUSTODIA. Todo de conformidad con lo previsto en el primer aparte del articulo 311 del Código Orgá.....