En atención a los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: NORKYS EDICTA RODRÍGUEZ FRONTADO y MIGUEL JOSÉ ARREDONDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.383.973 y V-10.353.372, respectivamente, domiciliados el primero en Cantarrana, sector Las Cuñas, calle Principal N° 76-22, Cumaná, Estado Sucre, y la segunda en Cantarrana, sector Las Cuñas calle hacia arriba, Cumaná, Estado Sucre, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio N° 233 de fecha primero de octubre de mil n.....