Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA, el Sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano ANGEL ERSY GONZALEZ RIVERA, quién es venezolano , de 34 años de edad , poseedor de la cédula de identidad N° 12.290.204, nacido en fecha 30-05-70, de oficio obrero, residenciado en el Sector Platanal, calle principal, casa N° 4, El Lirio, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en consecuencia se le otorga libertad plena en el presente asunto. Todo en conformidad con los artículos 45, 48 ordinal 7, 318 ordinal 3 y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y en su debida oportunidad remítase al Tribunal de Ejecución Competente. Cúmplase.
La Jueza Cuarta de Control
El Secretario
Abog. Lourdes M. Salazar Salazar
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