el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano WILLIAN JOSE HERNANDEZ BOIVAR, venezolano, de 38 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad número V- 10.947.269, de estado civil soltero, sin oficio definido, hijo de Miguel Ángel Hernández y Elcilia Bolívar, residenciando en el barrio las Palomas sector Cancagüita, calle 20, casa sin número, Cumaná Estado Sucre, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 376, primer y único aparte, en relación con el numeral 1 del artículo 374, ambos del Código Penal Vigente y 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuici.....