Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD, en contra del imputado: Jesús Salvador Castellini Molina, quien es venezolano, natural de Carúpano, del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.456.697, de estado civil Casado, nacido en fecha 29-11-1967, de 44 años de edad, profesión u oficio comerciante, hijo de Rafael Castellin y Margarita de Castellin y residenciado en: Avenida Principal de San Martín, Frente a la Iglesia, casa S/N, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, impuestas por el órgano receptor de denuncia, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 3, 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia. En tal sentido: PRIMERO: La prohibición al ciudadano Je.....