éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, seguida por los abogados en ejercicio ENRIQUE TREMONT RIVAS y MARCOS SOLIS SALDIVIA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 31.465 y 43.655 respectivamente, en sus caracteres de apoderados judiciales del ciudadano LUIS ANDRES LLOVERA CENTENO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V- 578.919, contra el ciudadano ALBERTO OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V- 8.435.837, representado judicialmente por el abogado en ejercicio SAEL ASTUDILLO LARA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 105.930. Así se decide. SEGUNDO: Se declara al ciudadano LUI.....