Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano: LUIS FELIPE BARRIOS SEGURA, se compromete en suministrar para la manutención de su hijo, la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (BS. 380,oo) MENSUALES. En el mes de diciembre el padre dará un Bono de Fin de Año por la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs1500,oo). Los gastos médicos, medicinas, uniformes, útiles escolares serán cubiertos en un 50% cada uno. Asimismo por concepto de Bono Vacacional aportará el equivalente al 30% del monto que le corresponda por este concepto. Solicitan que los montos acordados sean descontados directamente por patrono, Dirección General de Salud Pública del Estado Sucre