Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se decreta la Detención Judicial Preventiva de Libertad en contra del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por estimarlo presuntamente incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ESTUPEFACIENTES, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica De Droga, en perjuicio de la Colectividad; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 559, en relación con el artículo 628, parágrafo segundo, literal "a", ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se declara la aprehensión como flagrante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; ordenándose, además, que el presente proceso se ventile conforme a los trámites del procedimiento ordinario, en atención a la previsión conte.....