Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN JURATORIA, a favor de los imputados: JOSE GREGORIO AGREDA, venezolano, natural de Río caribe, de 29 años de edad, nacida en fecha 30/08/1986, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 18.414.152, pescador, hijo de José Agreda Y Maria López y residenciado en Calle Carabobo, la Invasión, casa sin numero, cerca de la parada de primera de entrada de Carabobo, teléfono 0294.3215316. Municipio Arismendi del Estado Sucre y JUNIOR JESUS CEDEÑO MARCANO, venezolano, natural del Carúpano, Estado Sucre, de 18 años de edad, nacida en fecha 06/07/1997, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V-Indocumentado, obrero, hijo de Francisco Bello y Iraima Marcano residenciado en Calle Carabobo, la Invasión, casa sin numero, cerca de la parada de primera de entrada de Carabobo, teléfono 0294.3215316. Municip.....