En consecuencia este Tribunal Mixto de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: Se declara PENALMENTE RESPONSABLE al adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de 17 años de edad, venezolano, nacido en Cumaná el 20/03/1990, titular de la cedula de identidad 20.574.572, hijo de Iraida Josefina Ruíz y Alexis José Martínez, domiciliado en la Urbanización Las Palomas, Calle Caucagüita, casa sin numero, cerca del Club Italo, Cumaná, Estado Sucre, de la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y en consecuencia se le sanciona a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por un plazo de seis (06) meses, consistente.....