DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a dictar su decisión en los siguientes términos: CONDENA al acusado Juan Antonio Ramos, venezolano, de 29 años de edad, nacido en fecha 14-02-1978, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.174.328, de profesión u oficio ayudante de Albañil, de estado civil Soltero, hijo de Carmen Ramos y Juan Pereira y residenciado en: La Lagunita, Calle los Mangos, S/N°, cerca del taller de Latonería y Pintura Farisan, hacia el cerro, Carúpano, Estado Sucre, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley por el delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31, tercer aparte, la cual deberá ser cumplida como fecha probable hasta el 01 de julio de 2010, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánic.....