Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano ARQUÍMEDES JOSÉ GÓMEZ BOGADI, venezolano, de estado civil soltero, de 27 años de edad, nacido en fecha 19-10-81, indocumentado, de profesión u oficio indefinido, hijo de Rosa Bogadi y Ricardo Antonio Gómez; y domiciliado en Barrio Ajuro, Calle Principal, Casa N° 65, frente al hospital y detrás de la escuela de patrón, Güira, Municipio Valdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452, numeral 1, del Código Penal, en perjuicio de la Empresa Petro sucre, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, más las accesorias de ley. Así mismo se mantiene la privación Preventiva de Libertad, que pesa s.....