Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA la Extinción de la pena impuesta al ciudadano César Alejandro Burgos, venezolano, soltero, mayor de edad, Profesión u oficio Chofer, titular de la cedula de identidad N°15.328.734, hijode Gladis Burgos, residenciado en Urbanización El Perú, Sector el Adobo, casa S/N, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, quien se encontraba cumpliendo la pena de Cuatro (04) Años Y Tres (03) Meses De Prisión, por la comisión de los delitos de Robo Agravado En Grado De Complicidad, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en relación con el artículo 84, numeral 3, ejusdem; y Agavillamiento En Grado De Complicidad, previsto y sancionado en el artículo 287 del Código Penal, en relación con el artículo 84, numeral 3.....