Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA La extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano NESTOR DANIEL GUTIERREZ GONZALEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.498.994, natural de esta ciudad, fecha de nacimiento 27/03/1977, de 35 años de edad, hijo de Simon Gutiérrez y Hilda González, de profesión u oficio Jardinero, residenciado en los Molinos, la Primera Calle, Frente a la Chivera, Casa S/N, Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, en perjuicio de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 49 numeral 7 y 300 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Pena.....