este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de Cumaná, en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el petitorio de la ciudadana ANA ISABEL MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.414.166 y de este domicilio, asistida por la abg. Edgar Vallejo, quien solicita la entrega de su vehículo: MARCA TOYOTA, TIPO: PIK-UP D/CABINA, MODELO: HILUX DC 4W 1G / GGN25L-PRASKL SERIAL DE CARROCERIA: 8XA33ZV2589003065, AÑO: 2008, SERIAL DE CHASIS: 8XA33ZV2589003065, SERIAL MOTOR: 1GRO878189, COLOR: PLATA, USO: CARGA, SERVICIO: PRIVADO, PLACA: A56AI3B, ya descrito en la causa, al carecer el Tribunal de suficientes elementos para determinar la identificación el mismo y así determinar a quien le pertenece dicho vehículo. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal.