Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA la Extinción de la Acción Penal, a favor del ciudadano HENRY ANTONIO LÓPEZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de profesión u oficio obrero, de 38 años de edad, nacido en fecha 05-12-1969, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.471.040 y domiciliado en Canchunchú Viejo, calle Miranda, casa S/N, cerca de la bodega, Carúpano, Estado Sucre; por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el Articulo 260 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la adolescente (identidad omitida en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65 de la LOPNA), y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el articulo 45, 47 numeral 7 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Proc.....