Este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano LUÍS ALEXANDER GUISEPPI LÓPEZ, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 16.255.707, nacido en fecha 14-12-1979, de 32 años de edad, de estado civil soltero, albañil, y residenciado en el Barrio José Francisco Bermúdez, Calle Principal, Casa S/N, al lado de silenciadores el Mangle, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por encontrase presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL ROBO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano AMADO RAFAEL DÍAZ URDANETA (OCCISO), todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 numerales 1, 2 y .....