Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Sede Cumaná, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los ciudadanos ALVARO ENRIQUE URBINA MOLINA, de 35 años de edad, nacido en San Cristóbal el 28/12/1971, cedula de identidad 13.929.181, ocupación estudiante, soltero, domiciliado en San Cristóbal Barrio Veracruz, Pasaje Bella Vista, Casa 2-33 San Cristóbal Estado Táchira y ALVARO ENRIQUE URBINA RAMÍREZ, de 53 años de edad, nacido en Cúcuta Colombia el 2/03/1954, casado, ocupación conductor, cedula de identidad 81.776.179, domiciliado en la Novena carera Norte, casa 33, El Tigre Estado Anzoátegui por la presunta comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Susta.....