DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA LIBERTAD PLENA del Ciudadano JUAN FELIPE REYES LEIVA, Venezolano, natural de Yaguaraparo, Municipio Cajigal de Estado Sucre, nacido en fecha: 12/08/1967, de 48 años de edad, de profesión u oficio agricultor, estado civil soltero, Titular de la Cédula de Identidad Numero V- 8.979.640, hijo Idelfonso Reyes y Alsadia Leiva, residenciado en Sector Choro Choro , casa n 26, frente la bloquera de vendí, Yaguaraparo, Municipio Cajigal , Estado Sucre, de conformidad con lo previsto 44 numeral 1 de La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto una vez efectuada de manera exhaustiva la revis.....