Acuerda el cese de la medida cautelar que le fuera otorgado en fecha: 09-06-09 por este tribunal a los imputados: JOSE MANUEL MARCHAN, venezolano, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 10-03-1977, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.318.645, hijo de AQUILES MARCHAN Y MIRTHA RUIZ, domiciliado en el Barrio Carlos Andrés Pérez, calle Eligio Velásquez, casa S/N, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre y ALBERTO JOSE RODRIGUEZ, venezolano, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 21-10-1989, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.635.779, hijo de ALBERTO RODRIGUEZ Y ANTONIA RAMOS, domiciliado en la Calle 02, del Sector Campo Alegre, Cariaco, Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide , librese oficio a la Coordinadora de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Se ordena la remisión de l.....