, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: "El ciudadano ORLANDO RAFAEL DIAZ ARMAS, anteriormente identificado, en su condición de padre de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, tres (03) años de edad, aportara la cantidad mensual por concepto de obligación de manutención, correspondiente al treinta por ciento (30%) de su salario integral, los cuales serán depositado los cinco (05) primeros días de cada mes, por concepto de vacaciones el padre igualmente cancelara.....