DISPOSITIVA
Por lo tanto, como la pretensión de Resolución de Contrato de Venta, por no haber pagado la compradora el precio convenido, no es contraria a derecho, y la demandada de autos no probó el hecho extintivo de dicha obligación, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por CARLOS JESÚS MARTELL RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, de estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad Nº. 2.658.381, domiciliado en la ciudad de Cumaná, Municipio Sucre, contra la Empresa "CONSTRUCTORA FERGUNSTOWN, C.A.", debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 07 de junio de 1996, quedando i.....