que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: LA INTERRUPCIÓN del Juicio Oral y Público iniciado en fecha 07 de agosto de 2012, seguida al ciudadano MATEO RAFAEL RAMÍREZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 23.530.437, de 19 años de edad, nacido en fecha 21/09/1989, hijo de los ciudadanos Adelina Ramírez y Cipriano Ramírez, domiciliado en la Carretera Vía Casanay – Caripito, Sector San Miguel, Casa N° 20, Estado Sucre; en contra de quien se iniciara causa penal por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN EJECUCIÓN DE ROBO EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS, previsto y sancionado en el Artículo 405 del Código Penal en relación con el artículo 406 numeral 1 y con el artículo 83 ejusdem y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el Artículo 286 de la n.....