En consecuencia este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros. En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: BASTANTE Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE a los ciudadanos YACENIA DEL VALLE SIFONTES DE SIFONTES, CARLOS ENRIQUE SIFONTES SIFONTES, LILIANA KATITUSKA SIFONTES SIFONTES y YESCARLY DEL CARMEN SIFONTES SIFONTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 5.881.903, V.- 15.114.216, V.- 16.841.934, y V.- 12.741.430, respectivamente, del DE CUJUS: CARLOS ENRIQUE SIFONTES SIFONTES, quién en vida era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la c.....