PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMEDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 04 de Agosto de 2021.
211° y 160°
SOLICITUD: 0240-2021.
SOLICITANTE: JOAO JOSE MASTRONARDI MIERE, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 17.020.368.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
Visto el anterior escrito de solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentado por el ciudadano JOAO JOSE MASTRONARDI MIERE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 17.020.368, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, asistido en este acto por el ciudadano GABRIEL ALCALÁ FEJURE, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 9.456.449, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 57.018, mediante la cual solicitó de este Tribunal, ordenara la Rectificación del Acta de Nacimiento trescientos noventa y ocho (398), asentada en los libros respectivos llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosa, correspondiente al año 1981, de la siguiente manera: Que, se exprese que el nombre de mi madre de la siguiente manera: IRMA ZULAY MIERE DE MASTRONARDI; y que se exprese que se trata de “un niño”.
Acompañó el solicitante para los efectos probatorios: Copia certificada del Acta de nacimiento N° trescientos noventa y ocho (398), asentada en los libros respectivos llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosa, correspondiente al año 1981, del ciudadano JOAO JOSE MASTRONARDI MIERE, a la cual este Tribunal le otorga pleno valor probatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
Constancia de Datos Filiatorios, emitido por el Jefe de la Oficina del SAIME Carúpano, a la cual este Tribunal le otorga pleno valor probatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
Copia fotostática de la cédula de identidad de la ciudadana IRMA ZULAY MIERE DE MASTRONARDI, la cual el Tribunal valora por guardar relación con el procedimiento.
Copia certificada del Acta de matrimonio N° 22 donde los contrayentes son PIETRO MASTRONARDI VISITILLO y ZULAY MIERE DE MASTRONARDI, a la cual este Tribunal le otorga pleno valor probatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 10 de Junio de 2021, el Tribunal dicta auto para admitir la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, ordena librar edicto y Boleta de Notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público en materia de Familia.
En fecha 22 de Junio de 2021, comparece por ante este Tribunal, el ciudadano JOA JOSE MASTRONARDI MIERE, asistido por el abogado en ejercicio GABRIEL ALCALÁ FEJURE, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 9.456.449, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 57.018, y mediante diligencia consigna Edicto publicado por el diario “Avance Informativo”, publicado en fecha 10 de junio de 2021.
En fecha 22 de Junio de 2021, el Tribunal dicta auto mediante el cual ordena agregar a los autos el Edicto publicado en el diario “Avance Informativo” y se fijó el lapso de oposición.-
En fecha 22 de Junio de 2021, el Alguacil del Tribunal deja constancia de haber notificado a la ciudadana Fiscal Cuarto del Ministerio Público en materia de Familia y consignó la boleta debidamente firmada.
En fecha 22 de Julio de 2021, este Tribunal dicta auto de vencimiento del lapso de Oposición y abre el lapso de pruebas.
En fecha 03 de Agosto de 2021, este Tribunal dicta auto mediante el cual fija oportunidad para dictar Sentencia.
Por todos los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, actuando de conformidad con los artículos 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil. administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento interpuesta por el ciudadano JOAO JOSE MASTRONARDI MIERE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.020.368, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital. SEGUNDO: Se ordena al ciudadano Registrador Civil del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, rectifique el acta de nacimiento N° trescientos noventa y ocho (398), asentada en los libros respectivos llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosa, DEL Municipio Bermúdez del Estado Sucre, correspondiente al año 1981, de la siguiente manera: Que se exprese que el nombre de su madre es el siguiente: “IRMA ZULAY MIERE DE MASTRONARDI”; y que se exprese que se trata de “un niño”.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia certificada. Publíquese en la página Web de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En la ciudad de Carúpano, a los Cuatro (04) días del mes de Agosto de 2021.- Años 211° de la Independencia y 161° de la Federación.-
LA JUEZ,


ABG. NORAIMA MARIN G.
EL SECRETARIO,


Abg. EDWIN CUBILLAN.
NOTA: En esta misma fecha (04-08-21), previo los requisitos de ley, siendo las once de la mañana (11:00 am), se público la anterior Sentencia. Conste.
EL SECRETARIO,


Abg. EDWIN CUBILLAN.