DECISION
ACUERDA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de libertad por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del código Penal al imputado Melvin Jhoan Pino, venezolano, de 21 años de edad, nacido en fecha 20-12-1983, portador de la cédula de identidad N°-V-15.269.797, hijo de Ana María Pino y padre desconocido, de profesión indefinida, residenciado en la calle Díaz, casa S/N°, cerca de la escuela Marigüitar, Municipio Bolívar, Estado Sucre. Líbrese Boleta de Libertad , para que sea dirigida al Comandante General de Policía del Estado Sucre, junto con oficio a los fines de que se registre su egreso, acordándose la libertad del imputado desde la misma sala de audiencia y oficio al Prefecto de la Población de Mariguitar del Estado Sucre, para el Control de las presentaciones que deberá cumplirse a partir del lunes 7 de febrero de 2005. Se acuerda continuar la cau.....