DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta El Sobreseimiento De La Presente Causa, de conformidad con el artículo 300 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano MIGUEL ANGEL RAMOS FIGUERA, venezolano, natural de Guiria, de 37 años de edad, nacido el 02-01-1996, de estado civil soltero, hijo de Paula Figuera y Pablo Ramos, profesión u oficio agricultor, Cédula de Identidad Nº 15.953.158, residenciado en Guaraguarita, calle principal, casa sin numero, cerca de la parada de pasajeros de guaraguarita, Guiria, Municipio Valdez estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de.....