Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: La Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano Daniel José Bastardo Fuentes quien dijo ser venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, de 30 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.894.319, de oficio obrero, nacido el 22-08-80, hijo de Luisiana Fuentes y Amalio Bastardo, domiciliado en: La calle principal, casa S/N del Sector las Malvinas, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149, en su segundo aparte, de la Ley Orgánica de Drog.....