Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano: FRANK MANUEL VÉLIZ VÉLIZ, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre; nacido en fecha 10/04/1987, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.909.571, soltero, agricultor, hijo de Antonio Jesús Rodríguez y de Santa Teresa Véliz; residenciado en El Moral, Fundo San Antonio, vía Cariaco-Chacopata, Casa S/N°, al lado de la Capilla de la Virgen del Valle, Municipio Ribero del Estado Sucre; por el lapso de UN (1) AÑO Y VEINTIDOS (22) DÍAS DE PRISIÓN quien fue condenado a cumplir la pena de: TRES (3) AÑOS DE PRISION mas las accesorias de ley por la.....