éste Tribunal de Primera Instancia Estadal Municipal en funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del ciudadano Luís Manuel Díaz Ramos, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.479.130, nacido en fecha 11-10-1993, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Luís Díaz y Luisa Ramos, y residenciado en la Comunidad de Las Peonías, Calle Bolívar, Casa S/N, cerca del punto de control, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien expuso: Me acojo al Precepto Constitucional, es todo, por estar incurso en la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio de El Es.....