Visto el Escrito que antecede presentado por el ciudadano: JOSE RAFAEL NORIEGA, titular de la Cédula de Identidad N° 4.039.198, actuando en nombre y representación de su Cónyuge: SHERIE DIANE NELSON DE NORIEGA, de Nacionalidad Estadounidense, mayor de edad, Casada y titular de la Cédula de Identidad Nro. E-81.162.817, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio: FREDDY BOGADY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.751, parte actora en el presente juicio y el ciudadano: CARLOS RICCI GIL, titular de la Cédula de Identidad N° 10.217.449, en su carácter de Representante Legal de la Empresa Mercantil: “PREMEZCLADO CARÚPANO, C.A.”, como parte Demandada en el presente juicio, y visto igualmente su contenido, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancaria, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justi.....