LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 30 de Marzo del 2009.-
198° Y 150°

Exp. N° 16.373.

DEMANDANTE: ANDRES ANTONIO MONSERRATE,
Titular de la Cédula de Identidad N° 3.589.904.-

APODERADO: NO OTORGÓ.

DEMANDADA: MILAGROS DEL VALLE YANCE CONTRERAS,
titular de la Cedula de Identidad N° 17.318.180.-

MOTIVO: DIVORCIO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

Siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad legal fijada para que tenga lugar el Primer Acto Reconciliatorio en el presente juicio, se abrió el acto y por cuanto el demandante no se hizo presente al mismo, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Extinguido el proceso dándose por terminado el presente juicio. En consecuencia se ordena el archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de Malavé.
Abg. Francis Vargas.


SGDM/Fvc/br.
Exp. Nº 16.373.-