este Tribunal Primero de Control por todo lo antes expuesto, y conforme a la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en su articulo 44, y al principio contenido en el articulo 8 del Código Orgánico Procesal Penal, actuando en Funciones de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, decreta a favor del imputado la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al ciudadano, ADOLFO LUÍS CENTENO SALAZAR, venezolano, cedula de identidad numero 14.419.181, de 30 años de edad, soltero, profesión comerciante, nacido en fecha 13 de junio de 1968, hijo Arelis Salazar y Adolfo Centeno, nacido en cumana, en fecha 10-09-1978, residenciado en Sector Cachamaure, barrio la ensenada, calle principal, casa sin numero, San Antonio Municipio Mejias, Estado Sucre, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y ARMA BLANCA previstos y sancionados en .....