este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR lo solicitado por EL ministerio publico y en consecuencia sanciona a los adolescente con la imposición de una amonestación, en la presente causa seguida a los adolescentes: XXXXXXXXXXXXXX a quienes se le inició averiguación por su presunta participación en el delito de ALTERACIÓN DEL ORDEN PÚBLICO, previsto en el artículo 218 del Código Penal Vigente y LESIONES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y RUBEN BRITO, JOSE REYES, PEDRO ZAMBRANO Y CESAR SANCHEZ, funcionarios adscritos al IAPES, respectivamente. Todo conforme a los artículos 564, 565 y 566 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; debiendo los adolescentes dentro del lapso supra señalado cumplir con las siguientes condiciones: PRIMERO: no incurrir en hechos similares a los q.....