este Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en decisión del Juez Temporal N° 1, Sala de Juicio, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda que por REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, intentara la ciudadana JUANA FELTRER BETANCOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.699.597, domiciliada en Urbanización Sucre, Vereda 10, Casa N° 02, de esta Ciudad de Cumaná, contra el ciudadano, CARLOS MORALES MORALES, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 5.677.256, en consecuencia deberá imperativamente cumplir como aporte de Obligación de Manutención para contribuirá las satisfacción de las necesidades de sus hijos antes identificados, con lo siguiente:
Primero: El Progenitor demandado ciudadano CARLOS MORALES, deberá suministrar mensualmente por concepto de obligaci.....