Sobre la base de las consideraciones expuestas, el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal primero del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 243 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se DECLARA EL CESE DE LAS MEDIDAS DE PRESENTACIONES PERIÓDICAS, impuesta al ciudadano JESÚS RICARDO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, venezolano, natural de Cumaná, de 18 años de edad, nacido el día 19/12/1.992, titular de la cédula de identidad N° V-24.401.134, estado civil soltero, de oficio obrero, hijo de Jesús Rodríguez y Domelys Hernández Rodríguez y residenciado en El Dique, Cuarta calle, casa N° 134, cerca del gimnasio, Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0426-285.90.25, contra quien se sigue investigación iniciada por el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado.....