Este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENAR a ciudadano ADRIAN JOSÈ PINO DIAZ, Venezolano, natural Río Caribe, Estado Sucre, 38 años de edad, nacido el 20/02/1977, estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, titular de la cédula de identidad Nº 16.257.553, hijo de Zoila Díaz y Adrián Pino y residenciado en La Llanada de Río Caribe, Calle Calabozo, Casa S/N, Cerca del CDI, Casa verde, Municipio Arismendi del Estado Sucre; a cumplir una pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, este Tribunal no condena en costas a los acusados, de conformidad al artículo 254 d.....