En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara actualizado el cómputo en la presente causa seguida a XXXXXXXXXX, sancionado por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; quedando obligado a cumplir las Medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso de UN (01) AÑO CUATRO (04) MESES, donde se determinó que han cumplido hasta el mes de febrero UN (01) AÑO y DOS (02) MESES, faltándole por cumplir de la medida de libertad asistida DOS ( 02) MESES y de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, ha cumplido hasta el 12-10-13 UN (01) AÑO y UN (01) DIA por lo que le falta por cumplir TRES (03) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS.
Cómputo que se realiza con fundamento e.....