, este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR el Cese de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre el imputado ALBERTO ANTONIO ROJAS VIZCAINO, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 24.657.188, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, nacido en fecha 28/09/1990, hijo de Lucy Vizcaino y Justino Rojas, residenciado en la calle Las Flores, casa sin número, sector Caimancito, Municipio Cruz Salieron Acosta, Estado Sucre; por otra menos gravosa pero que ofrezca igualmente Garantías de Aseguramiento a la Audiencia Preliminar, como es la establecida en el articulo 256 numerales 3ro y 4to del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: PRESENTACIONES PERIÓDICAS POR ANTE LA UNIDAD DE ALGUACILAZGO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, CADA OCHO (08) DÍAS, POR EL.....