este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS, decretada por este Juzgado, y en consecuencia declara disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos GERARDO ANTONIO GUILARTE SANCHEZ y FRANCIS MARQUEZ MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.051.496 y V-13.220.105 respectivamente, por ante el Concejo Municipal del Municipio Sucre del Estado Sucre, el día veintiocho (28) de Mayo del año dos mil cuatro (2004), según acta Nº 268 todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 primer aparte del Código Civil. Así se decide.