y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante el Juzgado del Municipio Bermúdez, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de los testigos ciudadanos: GREGORIA DEL VALLE GONZÁLEZ DÍAZ y EMILIANO RAMÓN BRITO, venezolanos, mayores de edad, solteros, de oficios del hogar la primera, y zapatero el segundo, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.863.679 y 1.462.820, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO ANIBAL GUMERSINDO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, a los ciudadanos ARACELIS VELÁSQUEZ DE GONZÁLEZ, CRISMARYS DEL VALLE, LUÍS JOSÉ, MARCELYS TERESA y JOSÉ LUÍ.....