RATIFICA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de la imputada RAQUEL CELESTE CARRASQUEL PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 24.831.436, natural de San Mateo Estado Anzoátegui, Estado Sucre, de 24 años de edad, estado civil soltera, hija de Maria Teresas Pérez y Jesús Celestino Carrasquel y residenciado en: Urb. Roger Ayala,. Av. Principal, Calle El Carito, casa s/N° cerca del aserradero, San Mateo, estado Anzoátegui, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA y POR MOTIVO FUTIL, previsto y sancionado en el numeral 2 del artículo 406 del Código Venezolano vigente en concordancia con el articulo 77 numeral 11 de la norma sustantiva penal, USO INDEBIDO DE ARMA ORGANICA, previsto y sancionado en el artículo 115 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal y OMISIÓN .....