En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado ADRIAN JOSÈ RENGEL AYALA, venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.210.239, de estado civil soltero, natural de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, nacido en fecha 26-01-84, de profesión u oficio obrero, hijo de Carlos José Rengel y Melis del Carmen Lista de Ayala, residenciado en la Carretera Nacional Cumanacoa, Paradero, Sector los Contadores, Estado Sucre; por el delito de ALTERACIÒN DE SERIALES DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 08 de la ley Sobre el Hurto y Robo de vehiculo Automotor de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del COPP, numeral 3, consistentes en presentaciones periódicas cada Q.....