...ACUERDA PRIMERO: ACUMULAR LAS PENAS, y actualiza el cómputo de pena de conformidad con lo establecido en el artículo 482,479 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal 97 y 87 del Código Penal, SEGUNDO: ACTUALIZAR el cómputo de la pena efectivamente cumplida por el penado hasta la presente fecha tiene un total de pena cumplida entonces DOCE (12) AÑOS SIETE (07) MESES TRECE (13) DIAS Y DOCE (12) HORAS por las penas ya acumuladas que dieron una pena en definitiva por cumplir de DIECISEIS (16) AÑOS Y UN (01) MES DE PRESIDIO, faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS CINCO (05) MESES DIECIOCHO (18) DIAS Y DOCE (12) HORAS, culminando la misma en fecha 16-04-2012 de la acumulación de las penas al penado MARCIAL JOSE CUMANA...-