En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para imputado JORGE LUIS FRONTADO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.761.427, residenciado en el barrio Altamira sector Cadafe casa sin número Mariguitar, Estado Sucre, por el delito precalificado por esta Fiscalia de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano, GUILLEMO NOEL FLORES UBAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.761.469, residenciado en el sector de Golindano Municipio Bolívar, Estado Sucre, fundamentándose esta decisión en que esta demostrado la existencia de un hecho punible cometido pero, sin embargo, ha transcurrido el tiempo estipulado para que opere la PRESCRIPCION.....