REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 28 de Septiembre del 2005.
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-007943
ASUNTO : RP01-P-2005-007943
Vistas las presentes actuaciones emanada de la Fiscalía Octavo del Ministerio Público de Protección de los Derechos Fundamentales, contentiva de escrito de solicitud suscrito por el ciudadano: RICHARD ELADIO GARCIA DELGADO en donde designa como su abogado de confianza, al Dr. ALI RAFAEL PLANCHE inscrito en el IPSA bajo el No-30.431, domiciliado en la Urbanización San José, Calle Principal, casa No-B-2, Quinta Paraparape, Cumaná, Estado Sucre, Telf 0414-8408554 para que proceda este tribunal a juramentarlo de conformidad con lo establecido en el Artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal, como Defensor que lo asistirá en la causa No-19F8-1C-0137-05 seguida por la Fiscalía Octavo del Ministerio Público de Protección de los Derechos Fundamentales; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizada las presentes actuaciones, considera que en vista que el referido ciudadano figura como imputado en la presente causa signada con el No-19F8-1C-0137-05 seguida por la Fiscalía Octavo del Ministerio Público de Protección de los Derechos Fundamentales, teniendo el mismo el derecho a nombrar un abogado de su confianza de conformidad con lo establecido en el Artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto; este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda Notificar al Abogado: ALI RAFAEL PLANCHE inscrito en el IPSA bajo el No-30.431, domiciliado en la Urbanización San José, Calle Principal, casa No-B-2, Quinta Paraparape, Cumaná, Estado Sucre, Telf 0414-8408554 para que comparezca por ante este Tribunal y acepte o se excuse del cargo recaído en su persona como defensor del imputado: RICHARD ELADIO GARCIA DELGADO Titular de la Cédula de Identidad No-11.968.579 de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Abogado: RICHARD ELADIO GARCIA DELGADO.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg. Sonia Alfaro.
1.805-2.005. BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO “.