En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos LORENZO LUIS BARRETO y BEATRIZ JACQUELINE SEGURA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-5.707.460 y V-11.828.700, respectivamente, domiciliado el primero en la Calle Principal, Casa S/N, de la Población de Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Península de Araya, Estado Sucre y la segunda en la Avenida Gran Mariscal de Ayacucho , Casa S/N, Municipio Sucre Estado Sucre, asistidos por el abogado en ejercicio YVAN JOSE SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.756 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y .....