este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al imputado PEDRO EDUARDO CARPINTERO GOMEZ, venezolano, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17446331, nacido en fecha 24-11-1984, soltero, de oficio obrero, hijo de Olivia Gómez y Pedro Carpintero, residenciado en Cantarrana, detrás del stadium, casa sin numero, Cumaná Estado Sucre, presuntamente incurso en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALFREDO RAFAEL CASTAÑEDA MENDEZ; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del citado Código Orgánico Procesal Penal.