Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor de los ciudadanos ROBERT JOSE DIAZ, de nacionalidad venezolana, 35 años de edad, soltero, nacido en fecha: 28-08-74, titular de la cédula de identidad Nº 12.290.733, de profesión u oficio Chofer, hijo de: Gladis Díaz y Nicolas Yañez, domiciliado en: Calle Las Flores, Casa S/N, Los Arroyos, Municipio Benítez del Estado Sucre e YSRAEL JOSE MUNDARAIN OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº, 20.124.123, natural de Carúpano Estado Sucre, hijo Dedionelis Ochoa y Israel Mundaraim domiciliado en Calle Las Flores, Casa S/N, Los Arroyos, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la comisión del delito de RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 426 del Código Pen.....